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title: "Los trabajadores de la salud gozarán de nuevas exenciones al impuesto a las ganancias"
article_type: "Article"
description: "Las remuneraciones que perciben médicos, auxiliares y técnicos de la salud en concepto de guardias obligatorias horas extras, realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud no tributarán ese gravamen."
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date_published: "2023-05-08T12:54:00-03:00"
date_modified: "2023-05-08T12:55:25-03:00"
tags:
  - "Impustos a las ganacias"
  - "medicos"
  - "Salud"
author_name: "Agencia Telam"
category_name: "ACTUALIDAD"
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# Los trabajadores de la salud gozarán de nuevas exenciones al impuesto a las ganancias

![6397400097529_1200](/download/multimedia.normal.b4056d0e86171909.NjM5NzQwMDA5NzUyOV8xMjAwX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

El Gobierno reglamentó la ley 27.718 que modifica la 20.628 de Impuesto a las Ganancias para eximir del pago de ese tributo a las remuneraciones que perciben médicos, auxiliares y técnicos de la salud en concepto de guardias obligatorias, a través del decreto 260/2023 publicado en el Boletín Oficial.  
  
La normativa aprobada en el Congreso el 19 de abril último precisa que están exentas del gravamen "las remuneraciones percibidas en concepto de**guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, y horas extras**, realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud, cuando la prestación del servicio se realice en centros de salud públicos o privados en todo el territorio nacional".  
  
Además puntualiza que "**el beneficio de este apartado debe indicarse, en el recibo de haberes correspondiente al sujeto que tenga a su cargo el pago de la remuneración o liquidación del haber**, identificándolo con la leyenda 'Exención segundo párrafo del artículo 27 de la Ley de Impuesto a las Ganancias para las trabajadoras y trabajadores de la salud'".

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