Ya rige la receta electrónica como única modalidad válida para la prescripción de medicamentos

ACTUALIDAD02/01/2025
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A partir de este miércoles 1° de enero de 2025 entró en vigencia la receta electrónica que, de acuerdo a una normativa reglamentada hace seis meses, se convertirá en la única modalidad válida para la prescripción de medicamentos.

La Ley Nacional de Recetas Electrónicas 27.553 fue reglamentada el 1° de julio de 2024 y otorgó 180 días para la adecuación de las plataformas y repositorios. El plazo finalizó el 31 de diciembre y este miércoles entra en vigencia el nuevo sistema.

Según el Decreto 345/2024, la prescripción de medicamentos deja de ser en papel y comienza a ser obligatoria exclusivamente mediante los soportes registrados en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).

Además, la Resolución 5744/2024 del 3 de diciembre dispuso que los repositorios de recetas electrónicas, es decir, deben estar disponibles para todas las plataformas de prescripción y farmacias, que solo podrán acceder a las recetas que el paciente requiera.

El objetivo es garantizar las condiciones de funcionamiento del ecosistema de salud digital para la implementación de la Ley de Recetas Electrónicas. El Ministerio de Salud estableció una normativa clara que regula la interacción entre las plataformas de prescripción y las farmacias en todo el país.

Sin embargo, la aplicación no será homogénea: sólo 11 de las 24 jurisdicciones adhirieron a la reglamentación de la receta médica electrónica del Ministerio de Salud de la Nación. Son Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego y Tucumán.

La provincia de Buenos Aires, y la ciudad de Buenos Aires, Chubut y La Rioja tienen su propias normativas de recetas electrónicas. Río Negro y Santa Fe, proyectos similares en marcha.

Las prepagas, al ser reguladas desde Nación, deben adaptarse a la receta electrónica. Mientras que en los hospitales no nacionales de la Ciudad y la provincia de Buenos Aires convive el sistema mixto de receta electrónica + receta de papel.

También implica la creación de un sistema de validación y almacenamiento de estas recetas que garantiza su disponibilidad en las farmacias. Por eso se dispuso que todos los sistemas informáticos encargados de válida y despachar las recetas tienen que estar disponible en las plataformas.

Incluye el acceso a los repositorios electrónicos, plataformas que validen las recetas y almacenamiento. Estos también cumplen la función esencial en el nuevo sistema, ya que no solo permiten la validación y el almacenamiento de las recetas, también garantizan la privacidad, integridad y confidencialidad.

Esto también minimiza el error asociado a las recetas en papel por la letra manuscrita. Las plataformas de prescripción deberán integrarse al sistema de repositorios a través de interfaces de programación de aplicaciones (API), un proceso obligatorio.

La norma indica que los repositorios de recetas electrónicas y digitales adoptarán los protocolos técnicos y administrativos para su gestión que contemplen su disponibilidad de acuerdo al estado y la persistencia de recetas almacenadas durante un período correspondiente.

Qué debe contener la receta electrónica

Para que las recetas electrónicas tengan validez, deberán incluir estos requisitos:

Identificación del médico o profesional de la salud: nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio.
Código de barras.
Identificación del paciente: nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI y sexo.
Descripción del medicamento recetado, que debe detallar:
Nombre genérico o denominación común internacional
Presentación
Forma farmacéutica
Cantidad de unidades
De manera opcional, el nombre comercial sugerido por el prescriptor profesional
Diagnóstico
Fecha de emisión
Firma digital del profesional.
En qué casos se podrá seguir usando la receta en papel
De acuerdo con la normativa, la receta manuscrita seguirá siendo válida únicamente como una excepción en casos específicos, como en las zonas de difícil acceso, falta de conectividad o interrupciones temporales del sistema.

Además, las recetas emitidas en papel antes del 31 de diciembre de 2024 podrán utilizarse dentro del período de vigencia habitual establecido.

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