El incremento sobre el precio final de todos los ajustes suspendidos oscilaría entre el 10% y el 12%. Al decidirse un traslado gradual, esos porcentajes se repartirán entre febrero y mayo.
La medida, que había sido anunciada el lunes último por el ministro de Economía, Luis Caputo, determina que los porcentajes de la financiación de los planes de pagos para micro y pequeñas empresas morosas pasarán del 90% al 50%, mientras que los de las medianas empresas bajarán del 95% al 60%.
Este resultado se obtuvo luego de que en diciembre los ingresos ascendieran a 5,9 billones de pesos, con un aumento interanual del 156,7%, detalló la AFIP.
Según el ministro de Economía, Luis Caputo, este método permitirá terminar con la “discrecionalidad” y “garantizar la transparencia del proceso de aprobación" del ingreso de mercaderías desde el exterior.
Todos los tributos registraron aumentos nominales significativos en noviembre, especialmente el Impuesto P.A.I.S, Bienes Personales, otros coparticipados e IVA.
Rige tanto para la compra de divisas para atesoramiento como para los gastos de bienes y servicios con tarjetas de débito y crédito en el extranjero. La percepción del Impuesto a las Ganancias pasará de 45% a 100% sobre el valor del dólar oficial.
La recaudación estuvo impulsada principalmente por el IVA (creció 152,9% interanual), Créditos y Débitos en Cuenta Corriente y el impuesto PAIS, que sumó $ 234.891,4 millones. Hubo declive en el cobro de tasas por derechos de exportación e impuestos a los combustibles.
La resolución, publicada este viernes en el Boletín Oficial, reglamentó el decreto 510 que retoma el régimen de percepción, retención y autorretención para el pago de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social y el pago de otras deudas para la actividad futbolística.
La financiera en cuestión está sospechada de realizar maniobras ilegales con divisas mediante la utilización de CUIT o CUIL de personas indigentes, para luego vender los dólares de manera ilegal a ciudadanos uruguayos. Los operativos se realizan en Nordelta, Pergamino y Mar del Plata.
La Justicia consideró que el Aporte Solidario es un tributo en sentido amplio que afecta solamente el 3% del capital patrimonial del sujeto y no debe estimarse, como pretendía el empresario, sobre sus rentas. El impuesto es transitorio y la obligación se cumple mediante un único pago.